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Tasas y Ayudas económicas (Grados) Tasas y Ayudas económicas (Grados)

Precios académicos

Tasas y Ayudas Económicas

1. Período ordinario de matrícula.

Se entiende por cuotas ETEA el importe total que el alumno debe abonar al Centro por los estudios correspondientes a un curso académico. Estas cuotas se dividen del siguiente modo:

  • El primer pago que se efectuará al formalizar la matrícula.
  • La cantidad restante se distribuye entre los nueve meses que constituyen el curso académico, de octubre a junio.

1.1. Las cuotas correspondientes a cada asignatura para el presente Año Académico quedan recogidas en el documento adjunto de precios académicos. Se entiende por asignatura toda aquella materia o disciplina cuya calificación conste en acta de forma individualizada.

1.2. Los créditos matriculados y pendientes de convalidación devengarán los porcentajes de las cuotas ETEA que se indican:

a) Si el alumno procede de una titulación impartida desde la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales-ETEA, el 10%.

b) Si el alumno procede de otro centro universitario, el 100%.

1.3. La anulación de matricula, no dará derecho a la devolución de las cantidades abonadas, de acuerdo con el Título V, artículo 124, del Reglamento de Régimen Académico del Alumnado de la Universidad de Córdoba.

1.4. El alumno que haya obtenido la mención de "Matrícula de Honor" en alguna/s asignatura/s, tendrá derecho a una exención en el primer pago de las cuotas del curso siguiente, igual al montante que resulte de multiplicar los créditos de la/s asignatura/s en la/s que obtuvo "Matrícula de Honor" por el coste del crédito correspondiente a cada una de esas asignaturas en el curso académico en que se aplica la exención. El importe total de ésta no podrá ser, en ningún caso, superior al importe total del primer pago de las cuotas a abonar, en principio, por el alumno.

1.5. En aquellas asignaturas en las que el alumno se matricule por segundo o más años académicos se aplicarán los siguientes incrementos sobre las correspondientes cuotas:

Año Académico

Segundo

Tercero

Cuarto y Siguientes

Aumento

 15%

 50%

 100%

1.6. Al margen de las cantidades referidas en los puntos anteriores, el alumno deberá abonar en concepto de precios oficiales, el 30% del importe de la matrícula oficial en un Centro de igual naturaleza. Importe que abonará posteriormente la Institución a la Universidad de Córdoba.

1.7 Las asignaturas repetidas que se superen en las convocatorias de diciembre/enero darán lugar al pago del importe correspondiente a los meses de octubre, noviembre, diciembre y enero, además del primer pago efectuado al formalizar la matrícula.

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2. Período de modificación y/o ampliación de matrícula.

El primer pago de las cuotas por ampliación de matrícula durante el curso, se abonará de una sola vez en el momento de la formalización de ésta y, el importe restante de la totalidaad de las cuotas de matrícula correspondiente a cada una de las asignaturas, se prorrateará entre los meses que queden pendientes de abonar.

3. Ayudas al estudio.

El alumno podrá acceder a las Ayudas Económica-Educativas en la forma de Beca o Préstamo que se conceden desde ETEA en la convocatoria ordinaria. Tales ayudas son compatibles con cualesquiera otras a que pudiera tener derecho. Los impresos de solicitud de ayuda pueden adquirirse en Secretaría.

Además, podrán disfrutar del Premio ETEA a la excelencia académica todos los alumnos/as de nuevo ingreso que se matriculen en ETEA en el primer ciclo de cualquiera de sus titulaciones, siempre y cuando la nota media mínima de acceso al primer ciclo sea de 10,5 puntos.

4. Exención de las cuotas por matriculación de varios hermanos.

Se aplicará una reducción del 20% en las cuotas totales devengadas cuando se matriculen simultáneamente en el Centro 3 ó más hermanos, siempre que los ingresos netos, por persona de la unidad familiar, sean inferiores al triple del módulo económico establecido para la concesión de ayuda al estudio tipo J (Véase Programa de Ayudas Económico-Educativas de ETEA).

Finalizado el período de matrícula, y antes del 15 de Diciembre se podrá solicitar la exención mediante instancia acompañada de una fotocopia de la declaración de la renta del último año y fotocopia de la liquidación de matrícula de cada hermano en la Secretaría del Centro.

Dicha exención, una vez concedida, se deducirá del importe aplazado.

5. Impago de precios académicos o cuotas.

En caso de impago de una parte de los Precios Académicos o de las cuotas, los alumnos decaerán en su derecho de acceso a los servicios académicos prestados por el Centro (Certificado, consulta de notas, listado de calificaciones, etc.) y, se procederá a la anulación de oficio de la matrícula, sin derecho a devolución de las cantidades abonadas ni a la condonación de la deuda contraída. Además, todos los recibos devueltos se verán incrementados en 2 euros, en concepto de gastos de devolución.

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